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- 10 JUL 2017
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Emprendimiento
Nueva base mínima de cotización de los autónomos
La Ley de presupuestos Generales del Estado para 2017 (Ley 3/2017), incrementa a partir del 29.06.2017, aplicación 01.07.2017 las bases mínimas en la cotización de los trabajadores autónomos del 3% respecto a la vigente.
Este aumento supondrá que los trabajadores por cuenta propia que cotizan por la base mínima tendrán que cotizar 8 euros más al mes -96 euros al año-, ya que sube de 893,10 a 919,80 euros mensuales. De tal forma que, si el trabajador autónomo opta por todas las coberturas (cese de actividad incluido), deberá abonar una cuota de 291 euros mensuales.
La subida afecta asimismo a los autónomos que tengan 47 años en adelante y coticen por bases máximas, que se han incrementado en el mismo porcentaje que la base mínima, es decir pasa a ser de 2.023,50 € al mes a partir del 1 de Julio . No así la base máxima establecida para el resto de los trabajadores por cuenta propia, que se mantiene en la misma cantidad que la del Régimen General, ni la base mínima para los autónomos societarios, que ya se incrementó el 1 de enero en el mismo porcentaje del SMI –un 8%- y ahora se mantiene.
Nuevo aplazamiento –hasta el 1-1-2019- de la posibilidad de realizar la actividad autónoma a tiempo parcial e inaplicación del régimen de los trabajadores a tiempo parcial a este colectivo.
Más información en: www.seg-social.es