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Novedades para autónomos en vigor en 2020

Las novedades que ya están vigentes son:

  • Tres meses de baja para los padres autónomos

Los autónomos que sean padres en 2020 podrán disfrutar de hasta 12 semanas de permiso, que también es aplicable a los casos de adopción y acogimiento. Un medida que fue aprobada en marzo, con el Real Decreto Ley de Igualdad Laboral, y que entró en vigor el pasado 1 de enero.

  • Una nueva prestación

Desde el pasado 13 de diciembre, los/as autónomos/as tienen una nueva prestación. El BOE publicó ese día una resolución que permitía a los/as trabajadores/as autónomos/as que hubieran sufrido un accidente laboral, acceder a una serie de ayudas para -por ejemplo- afrontar los gastos que supone eliminar las barreras arquitectónicas del local donde desarrolle su negocio o actividad, a fin de adaptarlo a sus nuevas necesidades físicas, el servicio de un fisioterapeuta o cubrir el coste de una prótesis.

  • Nuevos cambios en el registro de Ingresos y Gastos del IRPF

La Orden del Ministerio de Hacienda HAC/772/2019 entró en vigor el pasado 1 de enero. Están obligados a cumplir con esta obligación:

Todos los autónomos/as que se acojan al régimen de estimación directa simplificada, o de estimación directa, independientemente del tipo de actividad empresarial o profesional que desarrollen; están obligados a registrar en cada una de sus operaciones –ingresos y gastos- el NIF de la contraparte.

  • A los/as autónomos/as incluidos en el método de estimación objetiva sólo les afectará en el caso de que deduzcan amortizaciones. También en actividades cuyo rendimiento neto se determine teniendo en cuenta el volumen de operaciones.
  • Y no se verá afectado ningún autónomo que lleve su contabilidad según el Código de Comercio.

Quedan exentos los bares y comercios, a los que les bastará con dejar constancia de un resumen diario de todas las ventas -siempre y cuando el total de las operaciones de ese día no supere los 6.000 euros-.

  • Borradores de IVA para los autónomos

Hacienda pone en marcha en 2020 su prueba piloto de borradores de IVA y en febrero los/as autónomos/as empezarán a recibir un borrador con su declaración trimestral del impuesto, que el/la trabajador/a por cuenta propia podrá confirmar o no (como sucede con el de la RENTA). El objetivo que persigue el Fisco es facilitar las obligaciones trimestrales que tienen los/as autónomos/as y pequeños negocios.

No todos los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos recibirán el documento. Los que estén acogidos al régimen de IVA de caja, formen parte de un grupo de entidades o estén dentro del Registro de Devoluciones Mensuales, quedarán excluidos.

  • Declarar el IVA intracomunitario

Aunque en principio sólo afecta a las transacciones que hagan los comerciantes entre los países de la zona euro, una de las novedades que se ha introducido es la obligación de declarar estas operaciones trimestralmente, independientemente del importe de la operación (modelo 349).

Actividad integrada en el proyecto “Emprendimiento e Integración” financiado por Dirección General de Inclusión y atención humanitaria y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.