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- 31 AGO 2021
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Emprendimiento
El Plan Relanza ofrece ayudas de hasta 3.000€ a fondo perdido para los/as autónomos/as del municipio de Madrid
La Junta de Gobierno de Madrid capital, a propuesta del Área de Economía, Innovación y Empleo, ha aprobado una dotación de más de 3,5 millones de euros para el Plan Relanza de ayuda a los/as autónomos/as de Madrid. Gracias a ello los/as trabajadores/as autónomos/as podrán recibir una subvención de hasta 3.000 euros a fondo perdido, Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Esta línea de subvenciones tiene por objetivo contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de los/as autónomos/as y contribuir a mitigar las pérdidas económicas que la crisis sanitaria del COVID-19 haya podido generar en sus empresas.
Requisitos para acceder a las ayudas:
a) Estar dados/as de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) el 1 de enero de 2019 y no haber causado baja durante dicho año, 2020 y 2021.
b) Estar dado/a de alta en el Censo de Obligados Tributarios e Impuesto de Actividades Económicas.
c) Que su actividad se encuadre en alguna de las previstas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
d) Que la sede de la empresa o el local donde se desarrolla o se presta la actividad económica se encuentre en el término municipal de Madrid.
e) Que su empresa se haya visto perjudicada como consecuencia de la emergencia sanitaria provocada por el brote del coronavirus COVID-19 provocando una disminución de ingresos de, al menos, un 50% en 2020 con relación a lo declarado en 2019.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
g) No estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
h) Cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones a los beneficiarios/as.
Plazo de presentación de solicitudes:
Ya se pueden presentar las solicitudes y hasta el 30 de noviembre de 2021.
Deberán presentarse de forma electrónica o presencialmente en el registro del Ayuntamiento de Madrid.
- Las personas jurídicas deberán presentar la solicitud obligatoriamente de forma electrónica, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento Madrid a través del enlace ‘Registro Electrónico’ disponible en el apartado ‘Tramitar en línea’
- Las personas físicas podrán optar por presentar la solicitud de forma electrónica, en los términos indicados anteriormente, o cumplimentarla electrónicamente y presentarla de manera presencial en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid y demás entidades previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Actividad integrada en el proyecto “Emprendimiento e Integración” financiado por Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
