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Becas Instituto de Verano Benjamin Franklin – Convocatoria 2019
CONVOCATORIA DE UNA BECA PARA PARTICIPAR EN EL INSTITUTO DE VERANO BENJAMIN FRANKLIN 2019
EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA JÓVENES DE ENTRE 16 Y 18 AÑOS
La Embajada de los Estados Unidos en España selecciona un estudiante español, andorrano o residente en España o Andorra
para participar en el Instituto de Verano Benjamin Franklin, un programa financiado por el Departamento de Estado de
los Estados Unidos para promover las relaciones entre las jóvenes generaciones de europeos, asiáticos y norteamericanos
y crear conciencia de los valores que comparten. El estudiante seleccionado participará en un programa intensivo de cuatro semanas enfocado en los asuntos globales a los que se enfrentan los jóvenes a ambos lados del Atlántico y abordará prioridades de política exterior de los Estados Unidos tales como la participación de los jóvenes, el desarrollo de los valores democráticos y la sociedad civil, y la prosperidad económica.
Descarga el documento de información en:
https://es.usembassy.gov/wp-content/uploads/sites/260/Convocatoria_BFTI_2019.pdf
Más información en: https://es.usembassy.gov/es/education-culture-es/benjamin-franklin-transatlantic-fellows-initiative-student-application-form-es/
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Descubre Bitcoin: casos de uso
11 de diciembre – Descubre Bitcoin: casos de uso
http://www.lanavemadrid.com/event/descubre-bitcoin-casos-de-uso/
Entrada gratuita con inscripción
En esta charla los asistentes conocerán en profundidad qué es un Bitcoin, así como conocer los principales topics de esta criptomoneda:
- Experimentar y aprender a almacenar Bitcoin, así como protegerlo.
- Cómo recibir y enviar Bitcoin a cualquier punto del planeta.
- Páginas web más relevantes de la industria en cuanto a información y formación.
- Cómo acceder a la tecnología de manera segura.
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Semana de la movilidad en La Nave
10 al 15 de diciembre – Semana de la movilidad en La Nave
http://www.lanavemadrid.com/event/semana-movilidad-la-nave/
Entrada gratuita con inscripción
Durante la próxima semana se celebrarán múltiples actividades sobre la movilidad inteligente y sostenibles. Los usuarios podrán escribirse a charlas y talleres como:
- Mesa redonda: Cómo mejorar la movilidad y la recogida de residuos.
- Taller: Prototipado rápido en soluciones de movilidad.
- Evento: Vehículos no tripulados para seguridad y vigilancia.
- Charla: Energía, movilidad y transporte.
- Charla: Energías sostenibles: el hidrógeno y las pilas de combustibles.
- Evento: #Barbac0d1ng. Una actividad donde se puede asistir a disfrutar del evento y de las actividades que se desarrollan, o participar en:
- Taller de Design Thinking, dirigido principalmente a estudiantes y ciudadanos interesados en idear nuevas formas de reparto y entrega de última milla en las ciudades del futuro.
- Workshop para desarrolladores, para mejorar la experiencia de usuario de la entrega de paquetes.
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- 27 NOV 2018
- Emprendimiento
¿Qué supone cotizar como profesional autónomo?
Como profesional autónomo tienes la responsabilidad de ingresar tus cuotas y tienes la obligación de cotizar desde el primer día que inicies tu actividad.
El ingreso de las cuotas correspondientes a cada mes normalmente será cargado en tu cuenta corriente el último día hábil de cada mes.
Debes seguir pagando las cuotas mensuales aún en las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y periodos de descanso por maternidad o paternidad.
¿Por qué se paga esta cuota? ¿A qué tengo derecho con este pago?
Partimos de una base de cotización. La mínima son 932,70 euros mensuales y la máxima 3.803,70. Para que nos entendamos – la base de cotización- es el “salario base” del autónomo. Dependiendo de la base que elijas cambiará la cuantía de la cuota, lo que cobrarás cuando estés enfermo y la que cobrarás de pensión en tu jubilación. A esta base, se la multiplica por el/los tipo/s de cotización y obtenemos la cuota a pagar.
Todos los autónomos están obligados a la cotización por contingencias comunes (29,90 %), que es lo que nos cubre en caso de enfermedad o accidente, no relacionado con el ámbito laboral. Esto, es lo que –hasta ahora- como mínimo va a pagar el autónomo.
El panorama es bien distinto si hablamos de cotización por contingencias profesionales, que son las coberturas por accidente de trabajo (AL) y enfermedad profesional (EP). El accidente de trabajo del autónomo es aquel derivado como consecuencia directa e inmediata del trabajo que se realiza. En esta consideración se incluyen, desde la última reforma de autónomos, los llamados accidentes in itinere, es decir, los sufridos durante el desplazamiento al lugar de trabajo siempre que no sea el domicilio donde ejerce su actividad. No son accidente de trabajo los debidos a fuerza mayor extraña al trabajo y los provocados por dolo o imprudencia temeraria del trabajador.
La enfermedad profesional también es consecuencia del desarrollo de la actividad laboral. La Administración se guía por el cuadro de enfermedades profesionales en el Sistema de la Seguridad Social regulado en el Real Decreto 1299/2006 de 10 de noviembre, para validar la consideración de enfermedad profesional.
¿Qué mejoras suponen estos incrementos?
El coste de la cuota de autónomos resultante de incluir las contingencias profesionales a tu cotización depende de la base de cotización que elijas. A dicha base has de aplicarle el 29,30%, que es el tipo que corresponde a contingencias profesionales, y sumarle el porcentaje dependiente de tu actividad (Código Nacional Actividades Económicas), que varía entre 1% y el 6,7%.
Son las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social las que asumen las coberturas por contingencias comunes y profesionales, tanto las asistenciales como las económicas, es decir, el importe de tu prestación por incapacidad temporal en caso de accidente de trabajo depende de tu base reguladora de cotización en el mes anterior a la baja. Cobrarás el 75% desde el día siguiente a la baja, siempre que sea por estos motivos.
¿Qué es cese de actividad?
El cese de actividad o, lo que se denomina comúnmente, paro de los autónomos se aprobó en 2010 con la Ley 32/2010, de 5 de agosto. Para el cobro de la prestación, es necesario cotizar durante al menos 12 meses aplicando un tipo adicional del 2,2% sobre la base mínima de cotización y después de haber pagado todos los porcentajes indicados anteriormente. No obstante, durante estos años, cerca del 80% de las solicitudes para cobrar el paro del autónomo han sido desestimadas debido a la dificultad para acreditar debidamente el cese de actividad del negocio, cuyas bases se ha desarrollado en el Real Decreto 1541/2011 de 31 de Octubre.
Además de cotizar por estos conceptos, siempre –y en todo caso- estoy cotizando para tener derecho a una pensión de jubilación.
Novedades previstas para 2019:
El acuerdo alcanzado el pasado 23 de noviembre de 2018 entre tres de las grandes asociaciones de autónomos (UPTA, ATA y CEAT) pacta los siguientes incrementos en la cotización del autónomo a partir del 1 de enero de 2019 pero aún a la espera de su tramitación:
- La base mínima de cotización sube de los 932,70 euros mensuales actuales a 944,35 euros.
- El tipo de cotización aumenta del 29,90% vigente al 30%. El acuerdo alcanzado contempla incrementos progresivos del tipo de cotización cada año hasta 2022: 30,3% en 2020, 30,6% en 2021 y 30,9% en 2022.
- Se obliga a cotizar por contingencias profesionales (el porcentaje depende de la actividad), por cese de actividad (2,2%) y por formación profesional (0,1%). Estas coberturas dejan de ser voluntarias y se extienden también a los trabajadores autónomos.
El acuerdo se apoya fundamentalmente en el aumento de la base y los tipos de cotización en favor de una mayor protección social para el autónomo. La base mínima de cotización del autónomos societario variará de los 1.198 euros a los 1.214,08 euros mensuales.
- 14 NOV 2018
- Empleo
Se buscan personas para trabajar de camarera/o, Dependiente de comercio, Cajera/o y reponedor/a
- 31 OCT 2018
- Emprendimiento
Emprender siendo internacional
La diversidad económica resulta fundamental para el desarrollo de las economías locales. Los emprendedores de origen internacional representan el 10% del colectivo autónomo y generan el 10,2% del empleo.
Emprender no resulta una tarea sencilla; al tiempo y la dedicación necesarias hay que añadir, en el caso de las persona de origen extranjero, la posibilidad de tener que realizar trámites adicionales para la obtención de la autorización de trabajo por cuenta propia. Desde el servicio de emprendimiento de la Fundación Tomillo os damos las claves para emprender con las garantías administrativas necesarias.
Lo primero que tienes que hacer es asegurarte de contar con la autorización administrativa para darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, es decir, comprobar qué tipo de NIE tienes. Si dispones de NIE comunitario, de residencia de larga duración o eres solicitante de protección internacional (pasada la primera renovación) puedes proceder al alta como trabajador por cuenta propia realizando los mismos trámites que una persona con nacionalidad española.
Por el contrario, si te encuentras en situación administrativa irregular, eres estudiante, dispones de una autorización temporal de residencia, bien no lucrativa, o que autoriza sólo a trabajar por cuenta ajena, debes solicitar a extranjería que te autorice a iniciar la actividad económica.
En segundo lugar, debes realizar un plan de negocios realista y coherente con la actividad que quieres iniciar, aportando presupuestos y documentación que justifique y acredite el documento. De esta manera el plan de negocios aumenta la calidad de la documentación que se presenta y gana en credibilidad.
En tercer lugar, es importante saber gestionar los tiempos de tramitación de la obtención del permiso de trabajo por cuenta propia y la puesta en marcha del negocio. De esta manera evitarás errores como, por ejemplo, alquilar el local y comenzar con las obras, para posteriormente tener que esperar a obtener el permiso.
En cuarto lugar, debes conocer qué licencias o permisos son necesarios para la puesta en marcha del negocio. No todas las actividades requieren una licencia.
En quinto lugar, es importante visibilizar la experiencia y cualificación, aunque estas no estén relacionadas con la actividad a implementar. Disponer de experiencia emprendedora previa en el país de origen o disponer de formación dotan de capacidades que serán útiles cuando te encuentres con determinadas situaciones en el negocio, como por ejemplo negociar con los proveedores o tratar al cliente.
Desde el departamento de emprendimiento de Fundación Tomillo te apoyamos en la puesta en marcha de tu negocio, te asesoramos en los trámites necesarios y trabajamos contigo de manera personalizada a través del proyecto Emprendimiento e Integración, financiado por la dirección general de las Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
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