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Proceso de cómo contratar a un familiar, se eres AUTÓNOMO/A

Cuando un autónomo/a necesita personal y decide contratar a un familiar, la mejor opción es la forma jurídica del autónomo/a colaborador/a.

¿Qué es un/a autónomo/a colaborador/a?
Es un familiar directo que depende económicamente y está empleado/a por el/la autónomo/a titular. Este tipo se aplica en los casos en los que un/a autónomo/a contrata a un familiar para trabajar en el negocio. Además, el/la autónomo/a colaborador/a no puede trabajar por cuenta ajena a la vez, sino que es un/a empleado/a exclusivo/a del autónomo/a familiar que lo contrata.

Requisitos del autónomo/a colaborador/a

  • Debe tener una relación de consanguinidad de hasta segundo grado.
  • Mayor de 16 años y tiene que depender económicamente del/a titular del negocio.
  • Además de ser el trabajo exclusivo, no se puede hacer contrato para algo puntual o esporádico, sino que será la actividad principal que le ocupa.
  • Cuando una pareja trabaja junta y se casa, esta figura de autónomo/a colaborador/a pasa a ser obligatoria.

Bonificaciones y ventajas fiscales de un autónomo/a colaborador/a

  • La cuota tendrá una reducción del 50% durante los primeros 18 meses (153 euros). Los seis meses siguientes, la reducción será del 25% (312 euros).
  • En la última Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo introdujo una nueva bonificación del 100% sobre la cuota por contingencias comunes durante un año, siempre que la contratación sea indefinida.
  • El/la autónomo/a colaborador/a está exento/a de obligaciones fiscales trimestrales. Esto significa que no hay que presentar ni IVA e IRPF trimestrales.
  • Para acceder al conocido como ¨paro de los autónomos¨ (cese de actividad), han de pasar doce meses cotizando como autónomo/a colaborador.
  • Para poder acogerse a estas bonificaciones y ayudas es imprescindible que el autónomo/a colaborador no haya estado dado de alta en el RETA en los últimos cinco años.

Cómo dar de alta un autónomo colaborador

  • Sólo hay que darse de alta en el RETA y no en Hacienda.
  • Se deberá entregar el modelo TA0521/2 en la Seguridad Social como Familiar colaborador del titular de la explotación.

Deberá ir acompañado de la siguiente documentación:

El libro de familia, Padrón municipal, DNI y copia del alta en Hacienda del/la autónomo/a titular.

Actividad integrada en el proyecto “Emprendimiento e Integración” financiado por Ministerio, Seguridad Social y Migraciones.